La imagen que ilustra este artículo fue tomada el 9 de junio de 1954 a las 11:15 a. m. en la carrera 7.ª con calle 13 por Julio Flórez Ángel (Steven Navarrete, ‘60 años de una tragedia estudiantil’, El Espectador, 9 de junio de 2014). En aquel dramático momento, cincuenta soldados reclutados pocas semanas antes, con precario adiestramiento y adscritos al Batallón Colombia, abrieron fuego con sus carabinas contra una manifestación estudiantil. Doce estudiantes murieron y más de cincuenta resultaron heridos.
El día anterior había sido abaleado el estudiante de medicina de la Universidad Nacional Uriel Gutiérrez. Ese 8 de junio, los profesores, empleados y estudiantes de esta institución habían sido convocados para conmemorar un nuevo aniversario de la muerte, a manos de la Guardia Presidencial, del estudiante de derecho de origen nariñense Gonzalo Bravo, en el año 1929, durante una movilización estudiantil en contra de la United Fruit Company.
Revivir estos episodios trágicos es indispensable para poder poner en contexto el surgimiento, en la mayoría de los países del mundo, de unidades especializadas antimotines dependientes de la policía de cada nación, es decir, de la institución encargada de la seguridad ciudadana.
En Colombia, como en el resto del mundo, antes de la creación de esas unidades antimotines ligadas a la Policía, esta tarea les correspondía al Ejército y, en ocasiones, a la Policía Militar (PM). Es decir, a unas instituciones que no estaba formadas por un personal entrenado y capacitado para el control de disturbios urbanos o suburbanos.
Las unidades antimotines se forman con base en tres principios básicos: primero, un uso restringido de la fuerza; segundo, si esta fuera necesaria para contener un disturbio, su utilización debería ser lo menos lesiva posible; y, tercero, en este caso, su utilización debe ser progresiva de acuerdo con las circunstancias.
Es decir que a diferencia del Ejército, cuyos miembros son entrenados para utilizar la fuerza y derrotar, mediante una reacción rápida y contundente, a un adversario, las unidades antimotines son preparadas para acompañar las manifestaciones y protestas ciudadanas e intervenir solamente si grupos o grupúsculos buscan pasar a los hechos contra bienes públicos o privados o, en otros casos, para evitar que manifestantes con posturas opuestas se enfrenten.
Este tipo de unidades propias de una sociedad crecientemente urbana existen hoy en alrededor de 120 naciones del mundo (de un total de 194 Estados si contamos el Estado del Vaticano), con prácticamente el mismo equipamiento y las mismas funciones. Por ejemplo, las Unidades de Intervención Policial (UIP) en España, las Compañías Republicanas de Seguridad (CRS) en Francia o los Reparti Mobili en Italia, cuyas estructuras, equipamiento y normas de funcionamiento son muy similares al Esmad en Colombia.
El Esmad surgió como un organismo especializado de la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional mediante la directiva transitoria n.º 0205 de 1999 –es decir, bajo el gobierno de Andrés Pastrana– y fue formalizado el 14 de abril del mismo año, mediante la resolución n.º 01363, firmada por el director general de la Policía de aquel entonces.
Esta unidad especializada tiene presencia permanente en 19 ciudades del país, tres escuadrones en Bogotá, dos en Medellín y uno en cada una de estas ciudades: Cali, Bucaramanga, Barranquilla, Pereira, Pasto, Popayán, Valledupar, Cartagena, Neiva, Yopal, Riohacha, Manizales, Cúcuta, Barrancabermeja, Palmira, Ibagué, Montería y Villavicencio. Es decir, existen actualmente 23 escuadrones móviles antidisturbios en todo el país, cada uno compuesto por 5 oficiales, 8 suboficiales y 150 patrulleros, para conformar un cuerpo de 3.876 miembros, de los cuales 104 son mujeres.
Los fundamentos legales que les permiten a estos escuadrones realizar eventualmente una intervención están reglamentados por la Ley Orgánica 9 de 1983, la cual regula el derecho de reunión.
Según esta ley y los ajustes hechos posteriormente, en concreto, el ‘Manual para el servicio de Policía en atención, manejo y control de multitudes’ (resolución n.º 03516 de 2009), si una manifestación pacífica está en camino de desbordarse, el Esmad debe, primero, identificar a sus promotores y solicitarles la disolución del mitin; si no fuese posible, puede pasar a una segunda fase mediante el uso de una fuerza mínima; y finalmente puede pasar a una fase más contundente, como el uso de gases lacrimógenos. Es decir, un uso limitado de la fuerza, proporcional y escalonada.
Una institución polémica
Las unidades antimotines son objeto de polémica en todo el mundo. Este es el caso, por ejemplo, de Francia con respecto a las Compagnies Républicaines de Sécurité (CRS), con ocasión de las revueltas de los llamados ‘chalecos amarillos’, que surgieron el 17 de noviembre de 2018. Existen defensores a ultranza de la acción de los CRS y detractores sin límites. En todo caso, según el diario Le Figaro, la Inspección General de la Policía ha abierto más de 300 expedientes por un uso ilegítimo de la fuerza.
Lo mismo ocurre en Chile, donde los excesos de los denominados Carabineros ha ameritado, incluso, un llamado de atención de la Oficina de Derechos Humanos de las Naciones Unidas por el uso desproporcionado o innecesario de la fuerza, además de torturas, violencia sexual y detenciones arbitrarias.
Según un estudio de la ONG Temblores, con apoyo de Open Society Foundation y de la Fundación Friedrich Ebert Stiftung en Colombia (Fescol), titulado ‘Silencio oficial: un grito aturdido de justicia en el marco de los 20 años del Esmad’, desde su fundación han muerto por acción de agentes del Esmad 34 personas.
A esta cifra preocupante se debe añadir, sin embargo, que igualmente muchos miembros del Esmad han sido asesinados. Basta recordar los nombres de Mauricio Andrés Soto, quien murió por el impacto de una papa bomba en el campus de la Universidad Nacional (2000); José Libardo Martínez, asesinado en el campus de la Universidad del Valle (2012); Albeiro Garibello, muerto por la detonación de una bomba instalada frente a la plaza de toros de la Macarena por el Eln –que dejó en grave estado a más de 20 miembros de ese cuerpo–, o el caso del patrullero Bayron Recalde, quien murió en medio de una protesta cocalera en Tumaco (2017). Ni unas ni otras muertes han debido ocurrir.
Ni capuchas ni excesos
En las últimas semanas, varios videos que circulan profusamente en las redes sociales muestran excesos inaceptables en el uso de la fuerza de miembros del Esmad.
Por ello es absolutamente imprescindible llevar a cabo una revisión de sus protocolos, formación, reclutamiento y valores. Según el propio director de la Policía Nacional, general Óscar Atehortúa, a finales de octubre de este año se habían dado 69 fallos condenatorios contra miembros del Esmad, y 86 miembros habían sido sancionados.
Los excesos que cometen miembros del Esmad solo sirven para radicalizar los movimientos de protesta y deslegitimar a la autoridad.
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Pese a esto, constituye una irresponsabilidad plantear su disolución, como exigen los promotores del paro nacional en el punto 4 de la agenda: “Disolución del Esmad y depuración de la Policía Nacional, responsables de la muerte de Dilan Cruz”.
En el caso de que una manifestación se salga de madre y comiencen miembros de la propia marcha o saqueadores de ocasión a destrozar edificios, a saquear el comercio o a destruir el patrimonio cultural, ¿quién interviene? ¿El Ejército, como en 1954? ¿Los propios dueños de los almacenes armados para proteger sus negocios, como hemos visto tantas veces en Estados Unidos?
Como señalaba en un artículo reciente Jhon Torres (‘El peligroso juego de ‘cascarle’ al Esmad’, EL TIEMPO, 20 de octubre de 2019), “si se acabara el Esmad, como algunos pretenden, habría que crear otro, con las mismas funciones y procedimientos similares”.
Ahora bien, para evitar situaciones que lamentar es indispensable que las organizaciones responsables de las manifestaciones de protesta ciudadana –las cuales gozan de pleno reconocimiento legal y constitucional– llamen a la ciudadanía a expresar sus reivindicaciones de manera pacífica.
Asimismo, deben expresar claramente que los agentes de policía deben gozar –como cualquier ciudadano– de un máximo de consideración y que de ninguna manera pueden ser agredidos con el lanzamiento de piedras, bombas molotov o papas bomba.
Si los manifestantes son seres humanos con sueños, familias, novias e hijos, lo son igualmente los miembros de la Policía Nacional. Ni los unos son unos terroristas dignos de ser abatidos, ni los otros son unos robocop inanimados, sin una sombra de humanidad.
Por ello resulta inaceptable que quienes critican al Esmad se callen frente a los excesos muchas veces criminales de grupos de encapuchados, que no dudan en lanzarles bombas molotov a miembros de este cuerpo antimotines o, igualmente, a quienes critican las movilizaciones estudiantiles y se silencian frente a desbordamientos injustificados de miembros de los escuadrones antimotines que ya han tenido resultados trágicos, como la muerte de Dilan Cruz.
Todos debemos defender el derecho a la protesta ciudadana legítima y, al mismo tiempo, todos debemos condenar los actos violentos, vengan de donde vengan. Son dos caras de la misma moneda.
Debemos defender el derecho a la protesta ciudadana legítima y condenar los actos violentos, vengan de donde vengan. Son dos caras de la misma moneda
Los protocolos de Claudia
El modelo de gestión de una eventual intervención del Esmad –como última opción–, que ha propuesto la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, podría llegar a ser ejemplar.
Sus fundamentos son claros: primero, respetar el derecho a la protesta ciudadana; segundo, este derecho no puede ir en contravía de otros derechos ciudadanos, tal como el derecho a la movilidad; tercero, como sostuvo la propia alcaldesa, “esta acción será acompañada de nuestras madres gestoras de paz, una iniciativa de ciudadanas que quieren proteger la vida. Se trata de madres de los jóvenes que marchan y madres de los jóvenes del Esmad que lo único que quieren es ver regresar a sus hijos sanos a casa”; cuarto, si un grupo de manifestantes toma la mala decisión de afectar la movilidad u otros derechos ciudadanos (ataque a inmuebles, saqueos), habrá una mediación institucional para que cambien de actitud; cuarto, si esta mediación fracasa, habría una intervención de la Fuerza Disponible de la Policía Nacional; y, por último, si la mediación institucional y la intervención de la fuerza disponible no son suficientes, habría como última opción intervención del Esmad.
Esta intervención debe ser muy autocontenida y con un uso muy limitado de la fuerza. Claudia López comparte la petición de la Procuraduría General de la Nación en contra el uso de la escopeta calibre 12, que le causó la muerte a Dilan Cruz.
El objetivo de este protocolo es contribuir a crear una cultura ciudadana de respeto a la protesta ciudadana pacífica. Creo que la nueva alcaldesa merece un aplauso y un fuerte respaldo.
EDUARDO PIZARRO LEONGÓMEZ
ESPECIAL PARA EL TIEMPO